Confirman detención preliminar por 15 días contra gobernador regional del Callao, Ciro Castillo Rojo
- José Luis
- hace 3 días
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La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao confirmó la detención preliminar por 15 días contra el gobernador regional del Callao, Ciro Castillo Rojo, y otros investigados, en el marco de una investigación por el presunto delito de colusión agravada.
Con esta decisión, el Poder Judicial ratifica la medida dictada en primera instancia, al considerar que existen graves y fundados elementos de convicción que vinculan a los investigados con presuntas irregularidades en procesos de contratación pública que habrían generado perjuicio al Estado.
Ante esta situación, y al encontrarse el gobernador impedido de ejercer funciones, la vicegobernadora regional, Edita Gladys Vargas Cerón, asumió el despacho del Gobierno Regional del Callao en calidad de gobernadora encargada, a fin de garantizar la continuidad administrativa y el funcionamiento institucional de la región.
¿Qué dice la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sobre suspensión y vacancia?
De acuerdo con la Ley N.° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, existen diferencias claras entre suspensión y vacancia del gobernador regional:
Suspensión del gobernador
El gobernador regional puede ser suspendido temporalmente del cargo cuando:
Existe mandato de detención o prisión preventiva vigente.
Se encuentra con sentencia condenatoria no firme (aún apelable).
Presenta incapacidad física o mental temporal debidamente acreditada.
Durante la suspensión, el vicegobernador asume automáticamente las funciones, sin que ello signifique la pérdida definitiva del cargo del titular.
Vacancia del gobernador
La vacancia, que implica la pérdida definitiva del cargo, solo procede cuando:
Fallece el gobernador.
Presenta renuncia, la cual debe ser aceptada por el Consejo Regional.
Existe sentencia condenatoria firme por delito doloso, con pena privativa de la libertad mayor a un año.
Se acredita incapacidad física o mental permanente.
Se configura inasistencia injustificada a sesiones del Consejo Regional en los casos previstos por ley.
La vacancia debe ser aprobada por el Consejo Regional, siguiendo el procedimiento legal correspondiente.
Finalmente, mientras dure la investigación y la medida judicial, el Gobierno Regional del Callao continuará siendo dirigido por la vicegobernadora encargada, en un contexto de alta tensión política e institucional, mientras las autoridades judiciales avanzan con las diligencias del caso.





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